Escala salarial Seguridad privada agosto de 2026 — CCT 507/07
Básicos de convenio del CCT 507/07 (UPSRA — Seguridad Privada), vigentes en agosto de 2026.
Las escalas salariales son orientativas. Te mostramos de dónde salen y de qué fecha son. Antes de usar un número para negociar tu sueldo, verificalo con tu sindicato o con la cámara del sector.
Básico por categoría
| Categoría | Básico |
|---|---|
| Vigilador General | $ 1.020.300 por mes |
| Controlador de Admisión y Permanencia General | $ 1.020.300 por mes |
| Vigilador Bombero | $ 1.086.200 por mes |
| Administrativo | $ 1.116.600 por mes |
| Vigilador Principal | $ 1.150.500 por mes |
Además del básico
Una paritaria no es una sola columna. Esto es lo que la misma planilla dice que se suma o se calcula aparte:
- Adicional por presentismo (Vigilador General) — $ 180.000 por mesAdicional fijo mensual por presentismo de la categoría Vigilador General, agosto 2026, según planilla del acuerdo UPSRA/CAESI.
- Viático — $ 514.500 por mes (no remunerativo)Viático no remunerativo por jornadas trabajadas, categoría Vigilador General, agosto 2026.
- Suma no remunerativa mensual — $ 30.000 por mes (no remunerativo)Suma no remunerativa acordada para agosto 2026, escalonada ($20.000 en julio hasta $120.000 en diciembre), se incorpora al básico desde enero de 2027.
Lo que el acuerdo mejoró además de la plata
- Aporte solidario obligatorio del 2% sobre el salario básico de convenio destinado a UPSRA, vigente hasta el 31/12/2026 (reemplaza al FAS del 1% vigente hasta junio 2026).
- La suma no remunerativa mensual se incorporará definitivamente al salario básico de convenio a partir del 1° de enero de 2027.
- Actualización de los adicionales Aeroportuario, Neuquén y Vacacional para cada mes entre julio y diciembre de 2026.
- Nueva instancia de revisión salarial prevista si se producen variaciones económicas significativas durante el segundo semestre de 2026.
De dónde sale
Columna 'salario básico de convenio' (remunerativo) de la planilla del Acta Acuerdo Paritario UPSRA/CAESI julio-diciembre 2026, homologada por Disposición 897/2026 de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, valores correspondientes a agosto 2026.
Ver el documento · Sitio del sindicato
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